El nuevo Código del Menor en Bolivia fija en 10 años la edad mínima para el trabajo infantil, en casos excepcionales y cumpliendo requisitos legales. El senador Adolfo Mendoza explicó que aunque el límite formal es de 14 años la normativa contempla dos excepciones: trabajo por cuenta ajena, a partir de los 12 años, que es lo que permiten los convenios internacionales, y trabajo por cuenta propia a partir de los 10 años. La nueva ley aprobada por consenso de fuerzas políticas en el Congreso, establece requisitos para el trabajo infantil “a fin de garantizar la salud mental y física de los menores y para evitar la explotación infantil”. “Primero -explicó- se necesita la decisión voluntaria del niño, niña o adolescente de trabajar; segundo, la autorización de los padres, tutores o guardadores; y tercero, el permiso de las Defensorías de la Niñez”. Entidades que agrupan a menores defienden el nuevo código aduciendo que la realidad en Bolivia es diferente a la del resto del mundo y los niños deben trabajar desde temprana edad por necesidad.
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