IQ Latino | Caracas
Un grupo de ciudadanos venezolanos introdujo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia una demanda de protección de derechos colectivos y difusos contra el Banco Central de Venezuela (BCV), solicitando que el máximo tribunal declare el incumplimiento de obligaciones constitucionales y legales por parte del ente emisor en el manejo de la política monetaria, la publicación de información macroeconómica y la conformación de su Junta Directiva.
La acción fue presentada por José Simón Calzadilla, Pedra Andrea Ondrey, José de Sago R. Oliva, Andrea José Galea Pacheco, Ofelia Florentina Rivera López, Armando Wladimir Fonseca León, Mary Coromoto Rico Tovar, Kamal Abuair Atach, Henry Gustavo Terán Olvera, Roberto Antonio Zanella Bravo, Arianny Lorena Arcia de Ruiz, Ana Mercedes Molina, Urimare Graciela Capote Díaz, Luis Narciso Jiménez Cova, entre otros ciudadanos, asistidos por el abogado Romel Edgardo Guzmana.
Según el recurso, los demandantes actúan como ciudadanos venezolanos afectados por la “grave crisis económica y social” que atraviesa el país, y sostienen que dicha crisis se encuentra vinculada, entre otros factores, a actuaciones y omisiones del BCV que habrían vulnerado derechos e intereses colectivos de la población.

El argumento central: autonomía constitucional y responsabilidad del BCV
El escrito sostiene que la Constitución de 1999 reconoció por primera vez la jerarquía constitucional del Banco Central de Venezuela y le asignó una función esencial dentro del sistema socioeconómico: formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecución de la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las tasas de interés, administrar reservas internacionales y contribuir a la estabilidad de precios.
La demanda cita los artículos 318, 319 y 320 de la Constitución para afirmar que el BCV no es un órgano ordinario de la Administración Pública, sino una institución con autonomía funcional, cuya responsabilidad principal es preservar el valor interno y externo de la moneda y evitar que la política monetaria sea subordinada a las necesidades fiscales del Ejecutivo.
En ese sentido, los accionantes alegan que el BCV habría incumplido su mandato constitucional al permitir o facilitar mecanismos de financiamiento del déficit público mediante emisión monetaria sin respaldo, una práctica que, según el recurso, contribuyó decisivamente a la pérdida de valor de la moneda, la hiperinflación y el deterioro del poder adquisitivo de los venezolanos.
Simón Calzadilla, exdiputado y exVicepresidente de la Asamblea Nacional en Venezuela expresó al presentar la demanda:
“El fundamento constitucional de esta acción es claro: la Constitución establece la autonomía del Banco Central de Venezuela, le prohíbe financiar políticas fiscales deficitarias y le impone deberes de transparencia, rendición de cuentas y preservación de la estabilidad monetaria. Cuando el BCV deja de publicar información esencial, emite dinero sin respaldo o actúa al margen de los requisitos legales de su propia dirección, no estamos ante una simple falla administrativa, sino ante una afectación directa de derechos colectivos de los venezolanos.”
Señalamientos sobre emisión monetaria, inflación y deterioro social
Uno de los ejes de la acción es la denuncia de que el BCV habría financiado de forma persistente al Ejecutivo Nacional mediante emisión de dinero “inorgánico”, pese a que la Constitución prohíbe al ente emisor convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias.
El documento argumenta que la emisión monetaria sin respaldo fue un factor determinante en la crisis inflacionaria venezolana, particularmente durante el ciclo de hiperinflación iniciado en 2016. Para sustentar este punto, los accionantes citan análisis económicos y académicos que vinculan el aumento de liquidez monetaria con el colapso del valor del bolívar, la pérdida del poder de compra y la expansión de la pobreza.
El recurso sostiene que esta conducta no puede analizarse únicamente como un problema técnico de política económica, sino como una vulneración de derechos colectivos, en la medida en que la inflación destruye salarios, ahorros, pensiones, contratos, capacidad de consumo y condiciones mínimas de vida digna.
Sobre este particular, uno de los demandantes y excandidato presidencial Andrés Caleca señaló:
“Esta acción tiene una enorme significación institucional porque coloca nuevamente al Banco Central de Venezuela en el lugar que le asigna la Constitución: no como una oficina subordinada al Ejecutivo, sino como una institución autónoma, técnica y responsable de preservar el valor de la moneda y contribuir a la estabilidad económica del país. Recuperar la institucionalidad del BCV es indispensable para cualquier proceso serio de estabilización, confianza y reconstrucción nacional.
Opacidad estadística y falta de información pública
La demanda también cuestiona la falta de publicación oportuna de datos macroeconómicos por parte del BCV. Según los accionantes, el ente emisor habría incumplido su deber legal de recopilar, producir y publicar estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y de balanza de pagos.
El escrito recuerda que el acceso a información económica oficial es indispensable para la transparencia, la rendición de cuentas, la toma de decisiones empresariales y ciudadanas, y la evaluación independiente de la política pública. La opacidad estadística, sostiene la acción, agravó la incertidumbre económica y debilitó la capacidad de la sociedad venezolana para conocer la verdadera magnitud de la crisis.
Los demandantes señalan que, durante años, el BCV presentó retrasos o interrupciones en la divulgación de indicadores esenciales como inflación, producto interno bruto, balanza de pagos y otros datos macroeconómicos. En su criterio, esa omisión constituye una violación del principio de transparencia que debe regir la gestión pública.
Cuestionamientos a la Junta Directiva del BCV
Otro punto medular del recurso se refiere a la integración de la Junta Directiva del Banco Central. Los accionantes alegan que varios directores no cumplirían los requisitos legales establecidos en la Ley del BCV, particularmente aquellos relacionados con independencia, competencia técnica y ausencia de vínculos políticos incompatibles con la autonomía del ente emisor.
La demanda cita disposiciones legales que exigen que los integrantes del Directorio sean personas de reconocida competencia en materia económica, monetaria, bancaria, legal o afín, con experiencia profesional suficiente, y que no mantengan parentesco o vínculos políticos directos con altas autoridades del Ejecutivo o del Poder Legislativo.
En consecuencia, los demandantes solicitan que se declare la nulidad de los nombramientos de los actuales miembros de la Junta Directiva que no cumplan con los requisitos constitucionales y legales, y que se ordene la designación de nuevas autoridades bajo un procedimiento transparente, con verificación pública de credenciales y condiciones de idoneidad.
Las solicitudes concretas al Tribunal Supremo
La acción pide a la Sala Constitucional adoptar medidas para “restablecer el rol constitucional del Banco Central de Venezuela”. Entre las principales solicitudes destacan:
- Declarar la nulidad de los nombramientos de los integrantes de la Junta Directiva del BCV que no cumplan con los requisitos legales.
- Ordenar la designación de nuevos miembros del Directorio, previa verificación de credenciales, idoneidad, independencia y cumplimiento del procedimiento previsto en la ley.
- Ordenar al BCV abstenerse de emitir dinero inorgánico y de recurrir a mecanismos de financiamiento de la deuda del Ejecutivo Nacional mediante expansión monetaria sin respaldo.
- Ordenar al BCV publicar oportunamente los datos macroeconómicos que está obligado a recopilar y divulgar por mandato legal.
- Adoptar cualquier otra medida que la Sala Constitucional considere necesaria para proteger derechos colectivos y difusos afectados por la crisis económica.
Una acción con lectura institucional y política
Aunque el recurso está formulado en términos jurídicos, su alcance es más amplio. La demanda busca colocar nuevamente en el centro del debate público el papel del BCV como institución clave para cualquier proceso de estabilización económica, recuperación de la confianza y reconstrucción institucional.
En la práctica, la acción plantea una tesis de fondo: no puede haber estabilización económica sostenible sin un Banco Central técnicamente competente, institucionalmente autónomo, transparente y sujeto a controles legales efectivos.
El caso también se inscribe en una discusión más amplia sobre la reinstitucionalización del Estado venezolano. Para sectores políticos y sociales que promueven una transición democrática negociada, la recuperación de la autonomía de instituciones como el BCV, el sistema judicial, el Poder Electoral y los órganos de control resulta indispensable para reconstruir garantías mínimas de gobernabilidad, inversión, crecimiento y confianza ciudadana.
Como antecedente, este tema ya había sido abordado para IQ Latino y varios medios de comunicación por nuestro fundador, exdiputado venezolano y ex alto funcionario de la administración Biden, Leopoldo Martínez Nucete, quien advirtió que
“sin un Banco Central creíble no hay transición económica posible”. En ese análisis, Martínez sostuvo que “la reconstrucción del BCV exige autonomía, transparencia, auditoría de activos, un directorio independiente y la recuperación de la confianza monetaria como condición indispensable para cualquier estabilización económica sostenible en Venezuela.”
El desafío para la Sala Constitucional
El recurso coloca a la Sala Constitucional ante una decisión de alto impacto institucional: determinar si admite y tramita una acción que cuestiona directamente la actuación del Banco Central y la legalidad de su actual conducción.
En un contexto de crisis prolongada, restricciones financieras, dolarización transaccional, deterioro salarial y expectativa de eventuales procesos de apertura económica, el desempeño del BCV sigue siendo una variable central para la vida cotidiana de los venezolanos.
La pregunta que deja abierta esta acción es si el Tribunal Supremo de Justicia está dispuesto a examinar, desde el control constitucional, la responsabilidad del ente emisor en una de las dimensiones más sensibles de la crisis venezolana: la destrucción del valor de la moneda y la opacidad sobre la realidad económica del país.
Para los accionantes, el asunto no es meramente técnico ni reservado a especialistas. Es, en esencia, una cuestión de derechos ciudadanos: el derecho a una moneda estable, a información pública confiable, a instituciones independientes y a una política económica sometida a la Constitución.
